Como consecuencia del conflicto bélico en Ucrania, con el consiguiente incremento de precios en la economía a nivel mundial, el gobierno adoptó una serie de medidas destinadas a minorar el impacto de la crisis en los bolsillos de los ciudadanos, entre ellas, la bajada de tipos impositivos del IVA para determinados alimentos básicos o de primera necesidad.
Así, con efectos desde el 1 de enero de 2023, alimentos como el pan común, harinas, leche, huevos, frutas y verduras, entre otros, cuyo consumo estaba sujeto al tipo del IVA superreducido del 4%, pasaron a tributar a un tipo excepcional del 0%.
El aceite, no comprendido en principio entre los alimentos básicos, pasó del 10% al 5% y posteriormente, desde el segundo semestre de 2024, al 0%.
Pastas y aceites de semillas pasaron del 10% al 5%.
Añadiendo a la coctelera el conflicto de Oriente próximo, estos tipos se han mantenido hasta el 30 de septiembre.
Sin embargo, con efectos desde hoy, 1 de octubre de 2024, comienza la reversión de estas medidas que aligeraban el incremento de precios en la “cesta de la compra”.
Alimentos básicos que estaban sujetos a un tipo del IVA excepcional del 0% suben al 2%, y aquellos otros que tributaban al 5%, lo hacen al 7,5%. Pero no de forma definitiva. Esta subida, a la que algunos todavía se refieren como “bajada” en los tipos por su comparación con los que eran de aplicación antes de enero de 2023, es transitoria. Tan transitoria como que está prevista hasta el 31 de diciembre de este año.
De esta manera el 1 de enero de 2025, el consumo de alimentos básicos volverá al tipo original del 4%, y el de pastas y aceites de semillas al del 10%.
Y ¿qué pasa con el aceite de oliva?. Hemos disfrutado del tipo del 0% durante sólo 3 meses. Desde hoy pasa al 2%, reconocido ya como alimento básico, y a partir del 1 de enero de 2025 al tipo superreducido del 4%.
¿Bajada de tipos? No hay que negar que precisamente la del aceite de oliva, es una bajada de tipos real, de hecho la única, al pasar de tributar al 10%, al tipo superreducido del 4% de forma permanente.
Ahora bien, teniendo en cuenta que el aceite de oliva es el producto que más se ha encarecido en esta crisis, con una subida acumulada desde 2021 del 180%, quizás la bajada del tipo del IVA no suponga el alivio deseado.
Recordemos además que el aceite de oliva se incluyó en la categoría de productos básicos, por ser un producto esencial en una dieta saludable. Sin embargo, la rebaja de tipos dejó fuera a la carne y al pescado, con un efecto colateral: el hábito de los consumidores se ha visto modificado, inclinándose así hacia un mayor consumo de alimentos procesados.
Teniendo en cuenta que los conflictos bélicos no sólo no han cesado, sino que la tensión que afecta al orden mundial es cada vez más palpable, quizás la transitoriedad de la reducción de los tipos podría haber sido más “laxa” para el resto de alimentos.
Otro aspecto a tener en cuenta es el de la recaudación. ¿existe realmente un descenso significativo en la recaudación de nuestra Administración tributaria como consecuencia de la rebaja en tipos?. Seguro que todos habremos notado el incremento, ya a comienzos de 2023, en los precios de los alimentos. Ese incremento podría haberse “comido”, nunca mejor dicho, la rebaja en los tipos.
La retirada de la rebaja de tipos, va a tener, al menos, dos efectos inmediatos: los consumidores van a ver encarecida en 3 euros de media su cesta de la compra, y la inflación de los alimentos se va a incrementar en un 1%; ello sin tener en cuenta el impacto que supone que losprecios no vuelvan a valores previos a la adopción de las medidas.