Para conocer más acerca del contenido de esta NIGA, le rogamos pinche en el siguiente enlace: NIGA 13/2021, sobre envases y embalajes
El pasado 27 de mayo de 2021, el Departamento de Aduanas e II.EE de la AEAT publicó la Nota Informativa NI GA 13/2021, sobre entrada y salida de medios de transporte, palés, contenedores, envases y embalajes, que sustituye las notas informativas NI GA 33/2020, de 11 de diciembre, sobre envases y embalajes retornables, y NI GA 06/2021, de 26 de febrero, sobre entrada y salida de medios de transporte, palés, contenedores, envases y embalajes.
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Publicado el Anteproyecto de Ley de modificación de las leyes de Impuestos Especiales y del IVA3/6/2021 Con fecha 20 de mayo de 2021, se publicado el Anteproyecto de Ley, por el que se modifican la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (en adelante, LIIEE) y la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante, LIVA), finalizando el plazo para la formulación de información pública hasta el
El objetivo de estas modificaciones es la necesidad de trasponer distintas Directivas aprobadas durante los años 2019 y 2020 y que modificaron determinados aspectos en materia de II.EE. Para más información acerca de las modificaciones propuestas, le rogamos pinche en el siguiente enalce: bln_-_anproyecto_modificacion_liiee_iva_vf._bpb03.06.2021.pdf Con fecha 28 de abril de 2021 ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto- Ley 7/2021, de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios transnacionales y defensa de los consumidores (en adelante, RDL 7/2021).
El citado RDL introduce importantes modificaciones de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante, Ley del IVA), al objeto de incluir las medidas que se derivan de la trasposición de la Directiva (UE) 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017 y de la Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo, de 21 de noviembre de 2019. Nos referimos, en particular, a aquellas modificaciones recogidas en el artículo décimo del Título V del RDL de referencia, con entrada en vigor el día 1 de julio de 2021. El objetivo de este paquete de medidas es claro: establecer un nuevo régimen fiscal a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante, IVA) aplicable al comercio electrónico, adaptando así lo previsto en la normativa comunitaria como consecuencia del crecimiento exponencial manifestado por este sector. Para ver el documento completo, pinche en el siguiente enlace: paquete e- commerce Querido lector,
Tenemos el placer de remitirle esta nota informativa en relación con la publicación, el pasado 24 de junio de 2019, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1026, de la Comisión, de 21 de junio de 2019, sobre disposiciones técnicas para el desarrollo, el mantenimiento y la utilización de sistemas electrónicos para el intercambio de información y para el almacenamiento de esa información en el marco del Código Aduanero de la Unión. Para más información, le rogamos pinche en el siguiente link: bln_palao_modificación_aduanas_01.07.2019.pdf Estimado lector,
Como en otras ocasiones, a continuación adjuntamos un enlace a nuestro Boletin Informativo nº 3 correspondiente al año 2016, resumiendo las principales novedades normativas, jurisprudenciales y doctrinales publicadas en los meses de junio, julio y agosto de 2016 en relación con el IVA asociado al comercio exterior y los impuestos especiales, aduanas, impuestos especiales y fiscalidad energética. Esperamos que esta información sea de su agrado y, en cualquier caso, quedamos a su disposición para atender cualquier consulta o sugerencia en la siguiente dirección de correo electrónico: info@blnpalao.com Tenemos el placer de publicar esta nota informativa en relación con la entrada en vigor el pasado 1 de mayo de 2016 de los cambios introducidos por el nuevo Código Aduanero de la Unión y su normativa de desarrollo.
El objetivo de esta nota es poner de manifiesto algunos de los principales cambios que se van a producir a lo largo de estos años en materia aduanera, cambios cuyo contenido específico deberá ser objeto de un análisis detenido y pormenorizado por parte del operador con el fin de poder evaluar su impacto, tanto desde el punto de vista operativo como desde el punto de vista fiscal/ aduanero. Esperamos que la misma cumpla con sus expectativas y, en caso de que necesite más información al respecto no dude en mandarnos un correo a la siguiente dirección de correo electrónico: info@blnpalao.com Estimado lector, Como en otras ocasiones nos complace poner a su disposición nuestro Boletín Informativo nº 3. Octubre de 2015, que recoge las principales novedades normativas, jurisprudenciales y doctrinales en materia de IVA relacionado con el comercio exterior, Aduanas, Impuestos Especiales e Impuestos Medioambientales. Esperamos que su lectura sea de su agrado y quedamos a su disposición para resolver cualquier duda o facilitar cualquier aclaración que pudiese necesitar al efecto. Puede ponerse en contacto con nosotros por teléfono o bien a través del correo electrónico: info@blnpalao.com. Para acceder al documento completo, le rogamos que pinche en el siguiente link: Boletín Informativo nº 3- Octubre de 2015 Con fecha 18 de junio de 2015 se ha publicado una Resolución dictada por el TEAC que anula una sanción impuesta a una planta solar termoeléctrica que, durante parte de los años objeto de inspección, estuvo produciendo electricidad sin contar con el CAE preceptivo.
No se trata de un único expediente ya que al igual que en este caso, a lo largo de los años 2012, 2013 y 2014, la Inspección incoó numerosos expedientes sancionadores al considerar que la ausencia de inscripción en el Registro Territorial era susceptible de ser constitutiva de infracción tributaria, sancionable con el 100% de las cuotas del impuesto, al amparo de lo previsto en el artículo 19.3 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre de los Impuestos Especiales (en adelante, LIIEE). Esta Resolución es clara en el sentido de que, si bien se confirma que la inscripción en el Registro territorial es un requisito sustantivo y no formal para poder considerar que la energía se fabrica en régimen suspensivo, debido a la modificación del régimen aplicable al Impuesto sobre la Electricidad y, de conformidad con la Resolución dictada por la Directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de fecha 2 de marzo de 2015, dicho comportamiento ya no resulta sancionable al amparo del nuevo régimen en vigor a partir del 1 de enero de 2015, el cual resulta más favorable. Puesto que la LIIEE es una norma ordinaria, siguiendo este esquema, el Servicio Jurídico del Departamento de Aduanas e II.EE. considera que no hay obstáculo para aplicar el principio de retroactividad de la norma posterior más favorable, por lo que, en estos casos, considera que deben anularse las sanciones impuestas por falta de tipicidad. En su fallo, el TEAC recoge también las pautas a seguir fijadas con carácter general por los Servicios Jurídicos del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales. Así, no se incoarán nuevos expedientes sancionadores cuando se detecten casos en los que, bajo el régimen anterior, se haya estado fabricando energía eléctrica sin contar con el CAE preceptivo. En aquellos casos en los que se haya incoado un expediente o bien existiese una propuesta de resolución con imposición de sanción, se procederá a archivar el mismo y, en su caso, a anular o rectificar la propuesta de sanción, estimándose los recursos de reposición que se hubiesen interpuesto contra la misma. Finalmente, para aquellos casos en los que los expedientes sancionadores hayan sido recurridos en vía económico- administrativa, se procederá a anular la sanción en base a la argumentación anteriormente expuesta que no es otra que la aplicación de la norma posterior más favorable. Recomendamos a todos aquellos obligados tributarios que estén incursos en cualquiera de las situaciones anteriormente mencionadas, que procedan a revisar los expedientes y actúen en consecuencia. En caso de que necesiten más información, no duden en ponerse en contacto con nosotros por correo electrónico (info@blnpalao.com). Estimado lector,
Como en otras ocasiones, tenemos el placer de publicar nuestro Boletín Informativo nº 1.2015 que recoge las principales novedades normativas, jurisprudenciales y doctrinales publicadas recientemente (enero y febrero de 2015), en relación con el IVA asociado al comercio exterior, aduanas, los Impuestos Especiales y los Impuestos Medioambientales (IGF e IVPEE). Para acceder al documento completo le rogamos pinche en el siguiente enlace: Boletín informativo nº 2- Junio de 2015. Le agradecemos de antemano su interés y, en caso de que necesite cualquier información adicional, no dude en ponerse en contacto con nosotros, remitiéndonos un correo electrónico a la siguiente dirección: info@blnpalao.com. Estimado lector,
Como en otras ocasiones, tenemos el placer de publicar nuestro Boletín Informativo nº 1.2015 que recoge las principales novedades normativas, jurisprudenciales y doctrinales publicadas recientemente (enero y febrero de 2015), en relación con el IVA asociado al comercio exterior, aduanas, los Impuestos Especiales y los Impuestos Medioambientales (IGF e IVPEE). Para acceder al documento completo le rogamos pinche en el siguiente enlace: Boletín informativo nº 1- Marzo de 2015. Le agradecemos de antemano su interés y, en caso de que necesite cualquier información adicional, no dude en ponerse en contacto con nosotros, remitiéndonos un correo electrónico a la siguiente dirección: info@blnpalao.com. |